ACCESO A LA JUSTICIA. TRATÁNDOSE DE HECHOS POSIBLEMENTE CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE TORTURA, EL TRIBUNAL DE ALZADA, AL CONOCER DE LA RESOLUCIÓN APELADA, NO SÓLO ESTÁ OBLIGADO A CONSTATAR LA EXISTENCIA DEL ILÍCITO POR EL QUE ORIGINALMENTE SE INICIÓ LA
Fecha: 23-Jun-2017
En Tal Sentido Para Dar Respuesta A Las Anteriores Interrogantes Se Estima Oportuno Citar
Para evaluar la determinación de sobreseimiento establecida en la sentencia recurrida, es necesario abordar las cuestiones siguientes:
1. En la sentencia que constituye el acto reclamado, se precisó correctamente el agravio reclamado a la aquí responsable;
2. Fue correcto que se actualizara la prescripción de la acción penal ejercida contra **********, ********** y **********, por los delitos de abuso de autoridad y lesiones calificadas y considerar: a) extinta la acción penal; y, b) sobreseer en la causa **********, del índice del Juzgado Décimo Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México.
En relación con el punto precisado en primer término, es necesario el análisis de la demanda, así como de la sentencia que constituye el acto reclamado.
- La Materia Del Presente Asunto Consiste En Determinar
- En Tal Sentido Para Dar Respuesta A Las Anteriores Interrogantes Se Estima Oportuno Citar
- De Las Que Se Hace Evidente Que La Parte Quejosa Destacó
- Lo Anterior Porque El Delito Originalmente Denunciado Fue El De Tortura
- Lesiones Calificadas Que Prevén Los Preceptos Y Fracción Iv
- Lo Anterior Sin Atender Al Hecho De Que Existía Una Denuncia Por El Diverso Ilícito De Tortura
- Lo Anterior Es Así Porque La Pretensión Del Quejoso Se Puede Resumir En
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