AMPARO DIRECTO 709/2016. 1 DE MARZO DE 2017. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: FRANCISCO EDUARDO FLORES SÁNCHEZ. ENCARGADO DEL ENGROSE: ANTONIO CEJA OCHOA. SECRETARIO: ISRAEL TRINIDAD MURIEL.
Fecha: 14-Jul-2017
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el acto de la Juez Octavo Menor de Monterrey, Nuevo León, consistente en la sentencia de quince de noviembre de dos mil dieciséis, dictada en el juicio ejecutivo mercantil **********. El amparo se concede para los efectos precisados en el último considerando de esta sentencia.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al lugar de origen y en términos del artículo 192 de la Ley de Amparo, requiérase a la autoridad responsable para que cumpla con esta ejecutoria; y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por mayoría de votos lo resolvieron los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, presidente Antonio Ceja Ochoa (ponente) y Arturo Ramírez Pérez, contra el del Magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, quien formula voto particular .
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Violación De Procedimiento Confesional
- Ciertamente El Artículo Fracción Vi De La Ley De Amparo Establece
- Pero Relacionado Con La Cuestión Que Nos Ocupa El Artículo De La Misma Ley Dispone
- I Progresividad De Los Derechos Humanos
- Ii Suplencia De La Queja
- Iii Acceso A La Justicia Y Tutela Judicial Efectiva
- Iv Principio Dispositivo
- V Normas Del Código De Comercio
- Artículo El Que Deba Absolver Posiciones Será Declarado Confeso
- Vi Particularidades Del Caso
- Vii Conclusiones
- Efectos De La Concesión Del Amparo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve