Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 174/2018. 5 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIA: DIANA BERENICE GIL PÉREZ.
Fecha: 19-Oct-2018
Efectos Del Amparo
En las relatadas condiciones, de conformidad con el artículo 77, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, resulta procedente conceder el amparo solicitado al quejoso para lo siguiente:
- Los Conceptos De Violación Formulados Por El Quejoso Conducen A Determinar Lo Siguiente
- Tales Alegaciones Son Esencialmente Fundadas
- Iii Por Incapacidad Permanente Física O Mental Que Le Impida El Desempeño De Sus Labores
- A Por Incurrir El Trabajador En Faltas De Probidad U Honradez O En Actos De Violencia
- C Por Cometer Actos Inmorales Durante El Trabajo
- F Por Desobediencia Grave E Injustificada De Las Órdenes Que Reciba De Sus Superiores
- Los Conceptos De Violación Reseñados Son Parcialmente Fundados
- Para Cuyo Efecto El Tribunal Deberá Justipreciar Los Siguientes Medios De Convicción
- Efectos Del Amparo
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y En Su Lugar Emita Otro En El Que
- Novenoestudio Del Amparo Adhesivo
- El Aludido Motivo De Disenso Es Inatendible
- Fracción Reformada Dof
- Fracción Adicionada Dof