AMPARO DIRECTO 239/2017. 16 DE NOVIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARMANDO ERNESTO PÉREZ HURTADO. SECRETARIO: GUSTAVO JUAN ARIEL LEZCANO ÁLVAREZ.
Fecha: 30-Nov-2018
Sustento
(i) la autoridad responsable pasó por alto que el actor en su demanda, al referirse al pago de utilidades, fue preciso al señalar que ya se había agotado el procedimiento a que se refiere el artículo 125 de la Ley Federal del Trabajo, y por tal motivo indicó la cifra líquida que resultó a su favor por el ejercicio de dos mil trece; mientras que la demandada adujo haberlas pagado en forma "correcta, completa y oportunamente";
(ii) la parte actora debió ser relevada de la carga de la prueba para demostrar que se siguió el procedimiento establecido en el artículo 125 de la Ley Federal del Trabajo, derivado de la confesión de la patronal, relativa a que ha cubierto en forma correcta y completa la misma, y, en consecuencia, ser la demandada la que tuviera la carga de justificar el monto que correspondió al trabajador por utilidades del año dos mil trece; que esa cifra la determinó la comisión mixta y que le fue debidamente entregada al operario;
(iii) la demandada no logró demostrar con sus probanzas el pago real y oportuno de las utilidades correspondientes al actor; de modo que debió tenerse por cierto el importe exigido por el trabajador.
(iv) Se invocan como apoyo a lo alegado, las tesis: "REPARTO DE UTILIDADES. LA CONFESIÓN EXPRESA DEL PATRÓN DE QUE AL TRABAJADOR LE CORRESPONDE DETERMINADA CANTIDAD LÍQUIDA POR TAL CONCEPTO, PRESUPONE QUE SE AGOTÓ EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO."; "PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. CARGA DE LA PRUEBA." (se proporcionan los datos de localización)
- Considerando
- Resulta Aplicable Al Caso El Siguiente Criterio
- Síntesis Del Primer Concepto De Violación
- Sustento
- Se Considera Esencialmente Fundado Tal Concepto De Violación
- La Demandada Al Excepcionarse Adujo Lo Siguiente
- Cobra Aplicación Al Caso Por Compartirse La Siguiente Tesis
- Para Tal Efecto Se Tiene En Cuenta Que La Parte Demandada Ofreció Como Pruebas
- Tales Alegaciones Suplidas En Su Deficiencia Se Estiman Esencialmente Fundadas
- En La Ejecutoria De Dicha Contradicción De Tesis Se Estableció En Lo Que Aquí Interesa
- A Hacer Alusión A Las Prestaciones Sobre Las Que Se Opone La Prescripción
- C Indicar La Fecha En Que Se Presentó La Demanda Laboral
- Novenoconcesión Del Amparo Efectos Plazos Y Requerimiento De Cumplimiento
- Deje Insubsistente El Laudo Combatido Y En Su Lugar
- Artículo
- Transitorios
- Tal Como Lo Previene El Artículo Fracción V De La Ley De Amparo Vigente
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
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- Artículo Prescriben En Un Mes
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- Artículo Del Proyecto De Laudo Se Entregará Copia A Cada Uno De Los Integrantes De La Junta