Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 297/2017. 16 DE NOVIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. PONENTE Y DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. RELATOR: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: ALETHIA GUERRERO SILVA.
Fecha: 16-Feb-2018
Lic
"Presente
"Con las facultades que le confiere al Consejo de la Judicatura del Distrito Federal el artículo 201, fracciones XV y XX, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y en cumplimiento al Acuerdo ********** de fecha 15 de diciembre de 1999 emitido en sesión plenaria por este órgano colegiado, me permito informar a usted que ha sido nombrada como:
- Considerando
- Es Esencialmente Fundado El Concepto De Violación
- Determinación Que Es Incorrecta
- Artículo O Son Trabajadores De Confianza
- Lic
- Mag Lic
- Disposiciones Preliminares
- Artículo En Las Presentes Condiciones Generales De Trabajo Se Entenderá Por
- Iii Instituto Al Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
- Ix Titular Al Presidente Del Tribunal Superior De Justicia Del Distrito Federal
- Las Demás Disposiciones Legales Que Se Invoquen Serán Mencionadas Con Su Propia Denominación
- Artículo Los Trabajadores Del Tribunal Se Dividen En Dos Grupos De Confianza Y De Base
- Son Trabajadores De Base Los Descritos En El Artículo O De La Ley
- Deje Insubsistente El Laudo
- Resuelva Lo Conducente
- Amparo Adhesivo