AMPARO DIRECTO 297/2017. 16 DE NOVIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. PONENTE Y DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. RELATOR: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: ALETHIA GUERRERO SILVA.
Fecha: 16-Feb-2018
Resuelva Lo Conducente
Dados los efectos por los cuales se concede el amparo, resulta innecesario el análisis del restante concepto de violación, toda vez que de resultar fundado alguno de ellos, la quejosa no obtendría más de lo concedido; lo anterior encuentra apoyo en la jurisprudencia 107, emitida por la entonces Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia SCJN, página 85, que estatuye:
"CONCEPTOS DE VIOLACIÓN, ESTUDIO INNECESARIO DE LOS.-Si al examinar los conceptos de violación invocados en la demanda de amparo resulta fundado uno de éstos y el mismo es suficiente para otorgar al peticionario de garantías la protección y el amparo de la Justicia Federal, resulta innecesario el estudio de los demás motivos de queja."
Con fundamento en el artículo 192 de la Ley de Amparo requiérase a la Quinta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, por conducto de su presidente, para que en el término de tres días, posteriores a la fecha de notificación, dé cumplimiento a la ejecutoria, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, sin causa justificada, se le impondrá una multa mínima de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 237, fracción I, 238 y 258 de la ley invocada, correspondiente a cien días de valor inicial diario de la unidad de medida y actualización que, conforme a la publicación de diez de enero de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, se determinó que a partir de febrero sería de $********** (**********); por tanto, la medida de apercibimiento decretada corresponde a un monto de $********** (**********).
- Considerando
- Es Esencialmente Fundado El Concepto De Violación
- Determinación Que Es Incorrecta
- Artículo O Son Trabajadores De Confianza
- Lic
- Mag Lic
- Disposiciones Preliminares
- Artículo En Las Presentes Condiciones Generales De Trabajo Se Entenderá Por
- Iii Instituto Al Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
- Ix Titular Al Presidente Del Tribunal Superior De Justicia Del Distrito Federal
- Las Demás Disposiciones Legales Que Se Invoquen Serán Mencionadas Con Su Propia Denominación
- Artículo Los Trabajadores Del Tribunal Se Dividen En Dos Grupos De Confianza Y De Base
- Son Trabajadores De Base Los Descritos En El Artículo O De La Ley
- Deje Insubsistente El Laudo
- Resuelva Lo Conducente
- Amparo Adhesivo