AMPARO DIRECTO 195/2017. 11 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ. SECRETARIO: RICARDO ALFONSO SANTOS DORANTES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 195/2017. 11 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ. SECRETARIO: RICARDO ALFONSO SANTOS DORANTES.

Fecha: 09-Mar-2018

Ilegalidad De La Detención Del Promovente Del Juicio Constitucional

Es importante destacar que en la sentencia reclamada se calificó de ilegal la detención del solicitante de amparo, así como la de su cosentenciado, por ser contraria al artículo 16, párrafo sexto, de la Constitución Federal. Lo anterior, toda vez que la detención por caso urgente, para que sea válida, debe estar precedida de una orden previa del Ministerio Público, lo que no aconteció en la especie.

Con motivo de lo anterior, se declaró la invalidez de los elementos de prueba que tengan como fuente directa la detención del quejoso y de su cosentenciado, en términos del artículo 20, fracción IX, de la Constitución Federal, como son las siguientes: