AMPARO DIRECTO 691/2016. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: OTHÓN MANUEL RÍOS FLORES. SECRETARIA: MARTHA MIREYA ROJAS CARRANCO.
Fecha: 09-Mar-2018
Por Tanto Son Infundados Los Motivos De Disenso Esgrimidos
V. No pasan inadvertidas para este tribunal las resoluciones que acompaña a su demanda de amparo, relativas a los expedientes **********, ********** y **********, todos radicados en el Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Lardizábal y Uribe, en las que en su momento se determinó procedente la acción de usucapión; sin embargo, a pesar de la aducida similitud de los asuntos que indica el peticionario, los órganos jurisdiccionales no están obligados a resolver en un mismo sentido, porque no existe norma jurídica que les obligue a sustentarse en diversos precedentes.
En consecuencia, aunque es cierto que los diversos asuntos que resuelve un Juez, pueden ser invocados como hechos notorios, esto no implica que deban seguir, necesariamente, su criterio al resolver controversias similares.
Por consiguiente, si derivado de una nueva reflexión, sobre el problema jurídico a resolver, el órgano jurisdiccional advierte que debe variar el criterio sostenido al emitir sus fallos anteriores, válidamente puede adoptar una solución diversa, pues al fundar y motivar la sentencia da la posibilidad al justiciable de conocer las nuevas razones que ha tenido en cuenta y la aptitud de impugnarlas.
- Considerando
- Tercerola Autoridad Responsable Fundó El Acto Reclamado En Las Siguientes Consideraciones
- Cuartola Parte Quejosa Expresó Como Conceptos De Violación Los Que A Continuación Se Transcriben
- Quintolos Antecedentes Del Presente Asunto Son Los Siguientes
- D Alta Correspondiente Ante El Instituto De Catastro Del Estado De Tlaxcala
- Señaló Como Hechos Los Siguientes
- Por Parte De O
- C Documental Pública Consistente En Copia Certificada Que Refiere En Su Escrito De Cuenta
- Iv El Artículo Del Código Civil Para El Estado De Tlaxcala Dispone Lo Siguiente
- Por Tanto Son Infundados Los Motivos De Disenso Esgrimidos
- De Ahí Lo Infundado Del Planteamiento En Análisis
- I Los Honorarios Del Abogado Cuyos Servicios Profesionales Utilicen Las Partes
- Por Tales Motivos Resulta Infundado El Último De Los Conceptos De Violación
- En Los Incisos C Y D De La Demanda Inicial Se Solicitaron Las Siguientes Prestaciones