AMPARO DIRECTO 88/2017. 4 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GLORIA GARCÍA REYES. SECRETARIO: RUBÉN LAUREANO BRIONES DEL RÍO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 88/2017. 4 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GLORIA GARCÍA REYES. SECRETARIO: RUBÉN LAUREANO BRIONES DEL RÍO.

Fecha: 15-Jun-2018

Efectos De La Concesión

En las narradas condiciones, de conformidad con el artículo 77, fracción II, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, lo procedente es conceder el amparo solicitado por la quejosa, para el efecto de que la autoridad responsable:

1. Deje insubsistente el auto impugnado de seis de junio de dos mil dieciséis, que declaró la caducidad en el juicio.