Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 860/2018. 24 DE ENERO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. DISIDENTE: NELDA GABRIELA GONZÁLEZ GARCÍA. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: ALETHIA GUERRERO SILVA.
Fecha: 03-May-2019
En La Demanda Laboral Se Advierte Que El Actor Demandó Como Prestación
"d) El otorgamiento y pago de las vacaciones y prima vacacional generados y adeudados, relativos al último año de servicios prestados, a razón de dos periodos anuales de vacaciones de 10 días laborables cada uno y una prima vacacional del 50% por cada periodo en los términos establecidos por el artículo 34 de las condiciones generales de trabajo vigentes y aplicables en la institución demandada."
La demandada, al contestar esa prestación, afirmó que el actor había gozado de sus periodos vacacionales, con su correspondiente prima, empero, reconoció que éste tenía derecho al pago de cuatro días de vacaciones, correspondientes al último periodo, con su prima correspondiente.
- Considerando
- Condena A La Acción De Reinstalación
- El Concepto De Violación Es Infundado
- Monto Del Salario Para El Pago De Las Prestaciones De Condena
- En Cuanto Al Monto Del Salario Al Calificar La Oferta De Trabajo Estimó
- La Responsable Condenó En Los Siguientes Términos
- Absolución De Las Cuotas Obrero Patronales Por El Tiempo De Duración Del Juicio
- El Actor Reclamó Como Prestación
- En La Demanda Laboral Se Advierte Que El Actor Demandó Como Prestación
- En El Laudo Reclamado La Junta Respecto Al Pago De Vacaciones Resolvió
- Deje Insubsistente El Laudo
- Reitere Las Consideraciones Ajenas A La Concesión Del Amparo