AMPARO DIRECTO 1303/2019. 20 DE FEBRERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIO: CÉSAR ADRIÁN GONZÁLEZ CORTÉS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1303/2019. 20 DE FEBRERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIO: CÉSAR ADRIÁN GONZÁLEZ CORTÉS.

Fecha: 22-Oct-2021

Iv Ayuda Asistencial En Los Terminos De La Propia Seccion Septima De Este Capitulo

"Arti´culo 130. Pensio´n temporal es la que se otorga por periodos renovables al asegurado, en los casos de existir posibilidad de recuperacio´n para el trabajo, o cuando por la continuacio´n de una enfermedad no profesional se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista.

"Es pensio´n definitiva la que corresponde al estado de invalidez que se estima de naturaleza permanente."

39. Asimismo, de los artículos 149 a 153 de la anterior Ley del Seguro Social, disponen el derecho a la pensión por viudez en los términos siguientes: