AMPARO DIRECTO 362/2019. AXCALE AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A. DE C.V. 18 DE JUNIO DE 2020. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: SERGIO EDUARDO ALVARADO PUENTE. PONENTE: CLAUDIA MAVEL CURIEL LÓPEZ. SECRETARIO: BOLÍVAR LÓPEZ FLORES.
Fecha: 01-Oct-2021
Iii Cumplir Los Requisitos Establecidos En El Artículo A De Este Código
"IV. Remitir al Servicio de Administración Tributaria, antes de su expedición, el comprobante fiscal digital por internet respectivo a través de los mecanismos digitales que para tal efecto determine dicho órgano desconcentrado ...
"V. Una vez que al comprobante fiscal digital por Internet se le incorpore el sello digital del Servicio de Administración Tributaria o, en su caso, del proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales, deberán entregar o poner a disposición de sus clientes, a través de los medios electrónicos que disponga el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por internet y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa, la cual únicamente presume la existencia de dicho comprobante fiscal.
"VI. Cumplir con las especificaciones que en materia de informática determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general."
3. "Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este código, deberán contener los siguientes requisitos:
"I. La clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. ...
"II. El número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria, referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de este código, así como el sello digital del contribuyente que lo expide.
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- Iii Cumplir Los Requisitos Establecidos En El Artículo A De Este Código
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