AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.

Fecha: 10-Sep-2021

Como Se Adelantó Es Fundado El Concepto De Violación Planteado

Para así corroborarlo, es necesario tener en cuenta lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que, en la parte que interesa, señala:

"Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales."

La porción normativa transcrita establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.