AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.

Fecha: 10-Sep-2021

Por Lo Expuesto Y Fundado Se

RESUELVE:

ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra la sentencia dictada el siete de febrero de dos mil veinte, por el Juez Provisional del Juzgado Segundo Administrativo en Querétaro del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Querétaro, en el expediente 551/2019/QII, por los fundamentos y motivos que se precisan en esta ejecutoria, para los efectos que se indican en el último considerando de la misma.

Notifíquese; personalmente a la parte quejosa; publíquese y anótese en el libro de gobierno de este tribunal, hágase la captura correspondiente en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese como asunto concluido.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron y aprobaron los integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, Magistrados presidente Enrique Villanueva Chávez, Eligio Nicolás Lerma Moreno y J. Guadalupe Tafoya Hernández; siendo ponente el último de los nombrados. Lo anterior, mediante videoconferencia realizada a través de la plataforma tecnológica "Webex", que el Consejo de la Judicatura Federal estableció para ese efecto por conducto de la Dirección General de Tecnologías de la Información, de conformidad con el Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al Esquema de Trabajo y Medidas de Contingencia en los Órganos Jurisdiccionales por el Fenómeno de Salud Pública derivado del virus COVID-19.

En términos de lo previsto en los artículos 16, 68 y 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: El Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la reanudación de plazos y al regreso escalonado en los órganos jurisdiccionales ante la contingencia por el virus COVID-19 citado en esta sentencia, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VII, agosto de 2020, página 6715, con número de registro digital: 5481.