AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 239/2020. 5 DE NOVIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: NORMA ANGÉLICA GUERRERO SANTILLÁN.

Fecha: 10-Sep-2021

De La Recepción De Los Vehículos

"Artículo 35. Los concesionarios recibirán en depósito, toda clase de vehículos infraccionados, accidentados o descompuestos, que pongan bajo su guarda y custodia las autoridades estatales o municipales en materia de seguridad y tránsito, por sí o por requerimiento de otras autoridades jurisdiccionales o administrativas competentes."

"Artículo 36. Los concesionarios podrán promover y suscribir entre sí y con las corporaciones de policía estatales y municipales, convenios de coordinación para optimizar la adecuada cobertura y condiciones de prestación del servicio, así como garantizar la efectiva protección y custodia de los vehículos y proporcionar a las autoridades en materia de seguridad, información para el debido cumplimiento de sus fines."