Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 158/2021. 31 DE MARZO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ PABLO PÉREZ VILLALBA. SECRETARIA: JAZMÍN ANGÉLICA CERVANTES GÓMEZ.
Fecha: 05-Ago-2022
Responsabilidad Penal
La parte quejosa expuso, en lo esencial, que el Tribunal de Alzada violó en su perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales, al no estar debidamente fundado y motivado el acto reclamado, en razón de que las pruebas incorporadas en el juicio oral fueron valoradas indebidamente, ya que resultan insuficientes para acreditar la participación de ********** en la comisión del delito de robo calificado que se le atribuye.
- Considerando
- Sextoantecedentes
- Iii Las Partes No Celebraron Acuerdos Probatorios Tampoco Existió Prueba Anticipada
- Pena De Prisión De Cuatro Años Y Seis Meses
- Suspensión De Sus Derechos Políticos Por El Tiempo De Duración De La Condena
- Séptimoestudio
- Responsabilidad Penal
- Fundamentación Y Motivación Garantía De
- Que Había Proporcionado Una Descripción Primaria Del Sujeto
- Consideraciones Anteriores Que No Se Comparten
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Reconocimiento De Personas Deberá Practicarse Con La Mayor Reserva Posible
- Artículo Identificación Por Fotografía
- Artículo Obligaciones Del Policía