Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 158/2021. 31 DE MARZO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ PABLO PÉREZ VILLALBA. SECRETARIA: JAZMÍN ANGÉLICA CERVANTES GÓMEZ.
Fecha: 05-Ago-2022
Suspensión De Sus Derechos Políticos Por El Tiempo De Duración De La Condena
VII. El uno de marzo de dos mil diecinueve se verificó la audiencia de lectura y explicación de sentencia.
VIII. Inconformes con el fallo de primera instancia, el enjuiciado ********** y su defensa interpusieron el recurso de apelación, del cual correspondió conocer a la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, bajo el toca **********, en el que el trece de mayo de dos mil diecinueve dictó resolución en la que confirmó la sentencia de primera instancia.
La determinación anterior y su ejecución constituyen los actos reclamados en el juicio de amparo directo.
- Considerando
- Sextoantecedentes
- Iii Las Partes No Celebraron Acuerdos Probatorios Tampoco Existió Prueba Anticipada
- Pena De Prisión De Cuatro Años Y Seis Meses
- Suspensión De Sus Derechos Políticos Por El Tiempo De Duración De La Condena
- Séptimoestudio
- Responsabilidad Penal
- Fundamentación Y Motivación Garantía De
- Que Había Proporcionado Una Descripción Primaria Del Sujeto
- Consideraciones Anteriores Que No Se Comparten
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Reconocimiento De Personas Deberá Practicarse Con La Mayor Reserva Posible
- Artículo Identificación Por Fotografía
- Artículo Obligaciones Del Policía