AMPARO DIRECTO 73/2020. 28 DE ABRIL DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: NANCY ELIZABETH SÁNCHEZ CORONA. SECRETARIA: MARTHA DALILA MORALES CRUZ.
Fecha: 23-Sep-2022
En El Otorgamiento De Las Concesiones Se Observará Lo Siguiente
"I. ‘La autoridad del agua’ podrá reservar para concesionar ciertas aguas por medio de concurso, cuando se prevea la concurrencia de varios interesados; la reglamentación para tales casos será publicada previamente en cada caso, y
"II. Cuando no se reserven las aguas en términos de la fracción anterior, ‘la autoridad del agua’ podrá otorgar la concesión a quien la solicite en primer lugar. Si distintos solicitantes concurrieran simultáneamente, ‘la autoridad del agua’ podrá proceder a seleccionar la solicitud que ofrezca los mejores términos y condiciones que garanticen el uso racional, el reúso y la restauración del recurso hídrico.
"Además de lo dispuesto anteriormente para el trámite de títulos de concesión, los municipios, los Estados y el Distrito Federal, en su caso, en su solicitud de asignación presentarán ante ‘la autoridad del agua’ lo siguiente:
- Cuartoestudio De Los Conceptos De Violación
- Artículo
- Ii Las Aguas Subterráneas Pueden Ser Libremente Alumbradas
- El Instrumento Reglamentario Actual Esto Es La Ley De Aguas Nacionales Declara Que
- Así Pues Con Motivo De La Suspensión Del Libre Alumbramiento Se Sigue Que
- Considerando
- Acuerdo General
- X Región Hidrológicoadministrativa Río Bravo Estado De Chihuahua
- Transitorios
- En Su Lugar Dicte Otra En La Que
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Reformado Dof De Abril De
- B El Nivel Regional Hidrológicoadministrativo A Través De Sus Organismos De Cuenca
- Son Atribuciones De La Comisión En Su Nivel Nacional Las Siguientes
- Artículo El Director General De La Comisión Tendrá Las Facultades Siguientes
- Adicionado Dof De Abril De
- En El Otorgamiento De Las Concesiones Se Observará Lo Siguiente
- C La Forma De Garantizar La Calidad Y Conservación De La Cantidad De Las Aguas