Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 879/2022. 16 DE FEBRERO DE 2023. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARTÍN ÁNGEL RUBIO PADILLA. SECRETARIO: JAIRO ALEJANDRO DÍAZ GUZMÁN.
Fecha: 21-Abr-2023
Las Hojas Que Se Citan En Lo Subsecuente Corresponden Al Toca Penal De Referencia
33. Debe tomarse en consideración que, atendiendo a la fecha en que se hayan cometido los hechos imputados, cada conducta pudiese actualizar otro tipo penal, esto es, un fraude específico.
- Vi Conceptos De Violación
- Vii Suplencia De La Queja Deficiente
- Viii Estudio Del Asunto
- En Apoyo A Dichos Argumentos La Parte Quejosa Invoca Los Criterios Siguientes
- C Relación De Causalidad Entre La Actividad Engañosa Y La Finalidad De Obtener El Lucro
- La Realización De Varias Ventas A Diversas Personas De Un Mismo Inmueble Lote
- C El Nexo Causal Entre La Actividad Engañosa Y La Obtención Del Lucro
- Ofendido
- Aritmética De La Operación
- La Realización De Varias Ventas A Diversas Personas De Un Mismo Inmueble
- Ii Vendido Un Mismo Inmueble Lote A Diversas Personas Y
- Ix Directrices De La Concesión De Amparo
- I Deje Insubsistente La Resolución Reclamada Y
- Por Lo Expuesto Y Fundado Este Tribunal Colegiado Se Resuelve
- B En Favor Del Ofendido O Víctima En Los Casos En Que Tenga El Carácter De Quejoso O Adherente
- Las Hojas Que Se Citan En Lo Subsecuente Corresponden Al Toca Penal De Referencia
- Artículo El Delito Es