CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 2/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PLENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PLENO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 1 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE TRES VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA M
Fecha: 23-Sep-2022
Artículo Acceso A Los Registros Y La Audiencia Inicial
"Una vez convocados a la audiencia inicial, el imputado y su defensor tienen derecho a consultar los registros de la investigación y a obtener copia, con la oportunidad debida para preparar la defensa. En caso que el Ministerio Público se niegue a permitir el acceso a los registros o a la obtención de las copias, podrán acudir ante el Juez de Control para que resuelva lo conducente."
16. Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de seis votos de los señores Ministros Cossío Díaz, Franco González Salas con salvedades, Zaldívar Lelo de Larrea, Valls Hernández con salvedades, Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Silva Meza en cuanto a que los actos reclamados sí afectan el interés jurídico del quejoso. Los señores Ministros Aguirre Anguiano, Luna Ramos, Pardo Rebolledo, Aguilar Morales y Ortiz Mayagoitia votaron en contra.
Por mayoría de ocho votos de los señores Ministros Aguirre Anguiano, Luna Ramos, Franco González Salas, Pardo Rebolledo, Aguilar Morales, Valls Hernández, Ortiz Mayagoitia y presidente Silva Meza, en cuanto a sobreseer en el juicio de amparo con base en el artículo 73, fracción XVIII, en relación con el diverso 80, ambos de la Ley de Amparo. Los señores Ministros Cossío Díaz, Zaldívar Lelo de Larrea y Sánchez Cordero de García Villegas votaron en contra y por entrar al respectivo estudio de fondo.
Los señores Ministros Cossío Díaz y Zaldívar Lelo de Larrea reservaron su derecho para formular voto particular y los señores Ministros Luna Ramos y Aguirre Anguiano reservaron el suyo para formular votos concurrentes.
17. Tesis jurisprudencial 1a./J. 168/2007 de la Primera Sala visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, enero de dos mil ocho, p. 225, con número de registro digital: 170500, de rubro y texto: "INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. El artículo 4o. de la Ley de Amparo contempla, para la procedencia del juicio de garantías, que el acto reclamado cause un perjuicio a la persona física o moral que se estime afectada, lo que ocurre cuando ese acto lesiona sus intereses jurídicos, en su persona o en su patrimonio, y que de manera concomitante es lo que provoca la génesis de la acción constitucional. Así, como la tutela del derecho sólo comprende a bienes jurídicos reales y objetivos, las afectaciones deben igualmente ser susceptibles de apreciarse en forma objetiva para que puedan constituir un perjuicio, teniendo en cuenta que el interés jurídico debe acreditarse en forma fehaciente y no inferirse con base en presunciones; de modo que la naturaleza intrínseca de ese acto o ley reclamados es la que determina el perjuicio o afectación en la esfera normativa del particular, sin que pueda hablarse entonces de agravio cuando los daños o perjuicios que una persona puede sufrir, no afecten real y efectivamente sus bienes jurídicamente amparados."
18. Resuelto en sesión de cinco de septiembre de dos mil doce, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz (ponente), Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
- Índice Temático
- Antecedentes Del Asunto
- I Competencia
- Ii Legitimación
- Iii Criterios Denunciados
- De Las Anteriores Consideraciones Surgió La Jurisprudencia Cuyo Rubro Y Texto Establecen
- Existe Contradicción En Los Criterios Sustentados Por Los Órganos Contendientes
- V Estudio De Fondo
- A Derecho Del Imputado De Acceder A La Carpeta De Investigación Y Sigilo En La Investigación
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- C Criterio Que Debe De Prevalecer
- Vi Decisión
- Publicado En El Diario Oficial De La Federación El Veintiuno De Mayo De Dos Mil Trece
- Vi Le Serán Facilitados Todos Los Datos Que Solicite Para Su Defensa Y Que Consten En El Proceso
- Artículo
- Artículo Obligaciones Del Defensor
- Artículo Derechos Del Imputado
- Artículo Reserva De Los Actos De Investigación
- Artículo Acceso A Los Registros Y La Audiencia Inicial