CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 7/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PRIMER, EL SEGUNDO, EL TERCER Y EL SÉPTIMO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LA MAGISTRADA SI
Fecha: 06-Ene-2023
Ejecutoria Dictada En El Recurso De Revisión Y Resolución Recurrida En Ese Asunto
Asimismo, se tuvo a la presidencia del referido Tercer Tribunal, informando que el criterio sustentado en dichos asuntos sigue vigente, y se agregó que "una vez que se reciban la totalidad de las constancias solicitadas para la debida integración de este asunto, dese nueva cuenta a la presidencia de este Pleno, a fin de acordar su turno".
Mediante proveído de cinco del citado mes de agosto, se tuvo al director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, informando que, en términos de la diversa comunicación oficial ********** de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal del País, de la consulta realizada en el sistema de seguimiento de contradicciones de tesis pendientes de resolver, visible en las direcciones electrónicas https://www.scjn.gob.mx y/o https://intranet.scjn.pjf.gob.mx, apartados Plenos, sección de amparos, contradicciones de tesis y demás asuntos, así como de los acuerdos de admisión de las denuncias de contradicción de criterios dictados por el Ministro presidente, no se advirtió algún asunto que guardara relación con la temática de este asunto.
En diverso auto de diecisiete de agosto de dos mil veintidós, se tuvo a la presidencia de los Tribunales Colegiados Primero y Séptimo, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito, como órganos jurisdiccionales contendientes, remitiendo las constancias siguientes:
- Resultando
- Asimismo Se Fijó Como Posible Punto De Contradicción El Siguiente
- Ejecutoria Dictada En El Recurso De Revisión Y Resolución Recurrida En Ese Asunto
- Ejecutoria Dictada En El Recurso De Revisión Y La Resolución Recurrida En Ese Asunto
- Considerando
- Quintocondiciones Para Estimar Que Existe Contradicción De Criterios
- Sextoexistencia De Contradicción De Criterios
- Reglamento Del Servicio Profesional De Carrera Policial Del Municipio De Zapopan
- V Clase Segunda El Importe Del Treinta Por Ciento Del Sueldo Por Veinticinco Años De Servicio Y
- Ley Del Sistema De Seguridad Pública Del Estado De Jalisco
- El Otorgamiento De Los Estímulos O Compensaciones Debe Sujetarse Estrictamente A Lo Siguiente
- Iv La Entrega De Los Estímulos O Compensaciones Se Realiza Exclusivamente Una Vez Por Año
- Lo Destacado Es De Este Pleno De Circuito
- Primeroexiste La Contradicción De Criterios Denunciada