CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 207/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO Y EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 207/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO Y EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO

Fecha: 14-Abr-2023

E Delegaciones Estatales Y Regionales

"Artículo 6. Cada Unidad Administrativa Central del Instituto es encabezada por un director normativo quien se auxilia para el ejercicio de sus funciones de jefes de Unidad; directores ejecutivos; directores de área, subdirectores de área, jefes de departamento y demás personal conforme a la estructura orgánica autorizada.

"Las facultades previstas en este Estatuto Orgánico para cada director normativo pueden ser delegadas a los funcionarios bajo su mando, en términos del acuerdo delegatorio correspondiente que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

"En su ausencia, los directores normativos son suplidos por los servidores públicos del rango inmediato inferior, en el orden de prelación que determine este Estatuto Orgánico para cada una de ellas."

"Artículo 8. Las unidades administrativas desconcentradas del instituto cuentan con la autonomía técnica y operativa, y tienen las atribuciones a las que se refiere este Estatuto, por lo que su organización y funcionamiento está a lo dispuesto en respectivos reglamentos orgánicos y deben coordinarse con las unidades administrativas centrales en el ámbito de sus competencias."

"Artículo 11. La Dirección Normativa de Procedimientos Legales es la encargada de representar al instituto para defender sus intereses y patrimonio, así como ofrecer a los órganos de gobierno y unidades administrativas, en el ámbito de sus competencias, asesoría normativa, a efecto de que los actos jurídicos se lleven a cabo conforme a las disposiciones aplicables.