CONTRADICCIÓN DE TESIS 3/2018. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO. 13 DE NOVIEMBRE DE 2018. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARCELIA DE LA CRUZ LU
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 3/2018. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO. 13 DE NOVIEMBRE DE 2018. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARCELIA DE LA CRUZ LU

Fecha: 22-Feb-2019

Reformado Bo De Diciembre De

"‘Artículo 1o. Las disposiciones de la presente ley, son de orden público y de interés social y tienen por objeto establecer:

"‘I. Las normas y principios básicos de acuerdo con los cuales se llevarán a cabo las funciones catastral y registral;

"‘II. Las disposiciones conforme a las cuales los Ayuntamientos podrán celebrar convenios con el Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora, para que éste se haga cargo de alguna o algunas de las actividades técnicas o servicios que aquéllos tienen a su cargo en materia de catastro, conforme a las disposiciones de la Ley de Gobierno y administración municipal;

"‘III. Las normas y lineamientos de carácter técnico para la formulación del inventario de los bienes inmuebles ubicados en los Municipios del Estado, tendientes a su identificación, registro y valuación;

"‘IV. Las bases para la organización, integración y funcionamiento del Sistema Estatal de Información Catastral;

"‘V. Las normas conforme a las cuales el Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora, proporcionará el servicio de dar publicidad a los actos jurídicos que precisan de ese requisito, para surtir efectos contra terceros;

"‘VI. Las bases y lineamientos para la publicidad de las declaraciones de situación patrimonial de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios, mismas que deberán inscribirse y registrarse en el Instituto Catastral y Registral del Estado para conocimiento y disposición públicos (sic).’