SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD PREVISTA EN LA FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 3/2007. MINISTRO GUILLERMO I. ORTIZ MAYAGOITIA.
Fecha: 15-Jun-2007
A Los Estados Contables Financieros Presupuestarios Económicos Y Programáticos
"b) La información que muestre el registro de las operaciones derivadas de la aplicación de la Ley de Ingresos y del ejercicio del presupuesto de egresos de la Federación;
"c) Los efectos o consecuencias de las mismas operaciones y de otras cuentas en el activo y pasivo totales de la hacienda pública federal y en su patrimonio neto, incluyendo el origen y aplicación de los recursos, y
"d) El resultado de las operaciones de los Poderes de la Unión y entes públicos federales, además de los estados detallados de la deuda pública federal."
"Artículo 8. La cuenta pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara, y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los diez primeros días del mes de junio. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la cuenta pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de cuarenta y cinco días naturales.
"Asimismo, los Poderes de la Unión y los entes públicos federales rendirán a la Auditoría Superior de la Federación, a más tardar el 31 de agosto del año en que se ejerza el presupuesto respectivo, el Informe de Avance de Gestión Financiera sobre los resultados físicos y financieros de los programas a su cargo, por el periodo comprendido del 1o. de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal en curso. Dicho informe será consolidado y remitido por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."
"Artículo 11. El contenido del Informe de Avance de Gestión Financiera se referirá a los programas a cargo de los Poderes de la Unión y los entes públicos federales, para conocer el grado de cumplimiento de los objetivos, metas y satisfacción de necesidades en ellos proyectados y contendrá:
- Considerando
- Tales Interrogantes Se Formularon De La Siguiente Manera
- Asimismo En El Anexo Que Se Acompañó Al Referido Oficio Se Señala Lo Siguiente
- Página
- Presidente Si No Lo Hiciereis Así La Nación Os Lo Demande
- De Dichas Disposiciones Destaca Lo Siguiente
- Sobre La Carrera Judicial Artículos A
- X Actuario Del Poder Judicial De La Federación
- En Efecto Del Dictamen De La Cámara De Origen Cámara De Diputados Destaca Lo Siguiente
- Principios De Rendición De Cuentas Y De Transparencia
- Creación De Competencias Sancionatorias Fiscalizadoras
- Esta Entidad De Fiscalización Superior De La Federación Tendrá A Su Cargo
- Artículo Para Efectos De La Presente Ley Se Entenderá Por
- Iii Auditoría Superior De La Federación La Entidad De Fiscalización Superior De La Federación
- A Los Estados Contables Financieros Presupuestarios Económicos Y Programáticos
- I El Flujo Contable De Ingresos Y Egresos Al De Junio Del Año En Que Se Ejerza El Presupuesto
- Iii Los Procesos Concluidos
- I Si Los Programas Y Su Ejecución Se Ajustan A Los Términos Y Montos Aprobados
- Xxi Las Demás Que Le Sean Conferidas Por Esta Ley O Cualquier Otro Ordenamiento
- Consejo De La Judicatura Federal
- Luego Esencialmente Los Objetivos Del Programa De Carrera Judicial Fueron
- Planear El Crecimiento Y Desarrollo De Los Órganos Jurisdiccionales Federales
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve