VII. ESTUDIO DE FONDO
- Para emprender el estudio de fondo se requiere precisar los aspectos reconocidos y los controvertidos, respectivamente, por ambas partes, para así decidir la solución del conflicto, por ello, corresponde: A) La fijación de la materia del litigio y consecuentemente B) la solución de los problemas jurídicos en debate.
