RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 23/2022. TITULAR DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE COMBATE A LA TORTURA, TRATOS CRUELES E INHUMANOS DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA. 25 DE AGOSTO D
Fecha: 07-Oct-2022
Únicoel Recurso Interpuesto Es Fundado
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a su lugar de origen; solicítese acuse de recibo y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Juan Carlos Ramírez Benítez (presidente y ponente), Emma Meza Fonseca y Michele Franco González.
En términos de lo previsto en el artículo 73, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: Las tesis de jurisprudencia 1a./J. 42/2014 (10a.), 1a./J. 55/2015 (10a.) y 1a./J. 63/2015 (10a.) y aisladas P. I/2018 (10a.) y I.3o.C.26 K (10a.) citadas en esta sentencia, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 23 de mayo de 2014 a las 10:06 horas, 7 de agosto de 2015 a las 14:26 horas, 2 de octubre de 2015 a las 11:30 horas y 20 de abril de 2018 a las 10:24 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 6, Tomo I, mayo de 2014, página 476; 21, Tomo I, agosto de 2015, página 406; 23, Tomo II, octubre de 2015, página 1487 y 53, Tomo I, abril de 2018, página 338, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 3, marzo de 2013, página 1996, respectivamente. La tesis aislada I.9o.P.57 P (11a.) citada en esta sentencia, también aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 15 de julio de 2022 a las 10:22 horas.
- Considerando
- A Contexto Del Asunto
- Ante Tal Situación Concedió La Protección Constitucional Solicitada Para Los Efectos Siguientes
- En Caso De Que No Existan Determine La Averiguación Previa Precitada Y Sus Acumuladas Y
- B Análisis De La Legalidad Del Acuerdo De Cumplimiento
- B Concesión Respecto De Las Omisiones De Investigación Y Actos De Supervisión
- Argumento Que Resulta Infundado
- B Concesión Respecto Del Renadet
- Se Explica
- La Norma En Cita Dispone Lo Subsecuente
- Y Al No Haberlo Realizado Así El Fallo Protector Está Cumplido Con Defecto
- Únicoel Recurso Interpuesto Es Fundado
- Sic Artículo O Para Los Efectos De Estos Estatutos Se Entenderá Por
- Disponibles En Su Versión Electrónica En La Liga Siguiente
- Foja Del Tomo Ii Del Juicio De Amparo Analizado