Suprema Corte de Justicia de la Nación RECURSO DE INCONFORMIDAD 42/2024.
Fecha: 27-Nov-2024
CUARTO
- Sostiene que la resolución viola el artículo 74 fracción VI, de la Ley de Amparo por su incongruencia que implica que debe ser clara, fundada y exhaustiva, porque de la lectura total de la sentencia en ninguna parte de los puntos resolutivos (sic) se abordaron los motivos y fundamentos por la que la Jueza Federal consideró improcedente la denuncia que hoy se combate.
- Señala que en dicha sentencia sólo se resuelve en el único punto resolutivo que resulta improcedente, sin que en los considerandos se haya manifestado al respecto, he ahí la incongruencia.
- Además, en el único resolutivo solamente declaró improcedente e infundada la denuncia respecto de las autoridades del Titular del Ejecutivo Federal y otras autoridades responsables, mismas que señaló en el CONSIDERANDO TERCERO, sin embargo, respecto a las autoridades que tuvo como existente el acto reclamado no se pronunció.
- Agrega que no existe congruencia entre los considerandos y los resolutivos (sic), toda vez que no se pronunció al respecto de las dos autoridades en las que les tuvo por existente el acto reclamado, quedando de manifiesto la violación al principio de congruencia en las sentencias. Por esa razón, solicita se califique de fundado ese agravio.
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