RECURSO DE RECLAMACIÓN 33/2020-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 29/2020. MUNICIPIO DE COTAXTLA, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 6 DE ABRIL DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PA
Fecha: 18-Jun-2021
En Relación Con Los Puntos Resolutivos Segundo Y Tercero
Se aprobó por mayoría de nueve votos de las Ministras y de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena por la razón de cosa juzgada refleja, Esquivel Mossa por la razón adicional de cosa juzgada refleja, Franco González Salas por la razón adicional de cosa juzgada refleja, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo por la razón de cosa juzgada refleja, Piña Hernández en contra de las consideraciones, por la razón de cosa juzgada refleja, Laynez Potisek por consideraciones distintas, por la razón de cosa juzgada refleja, Pérez Dayán por consideraciones relacionadas con la cosa juzgada refleja y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su subapartado A), consistente en confirmar el auto de veinticuatro de febrero de dos mil veinte, dictado en la controversia constitucional 29/2020, en cuanto al desechamiento de la demanda de los actos señalados como las órdenes, instrucciones, autorizaciones y/o aprobaciones que se hayan emitido para la realización de la indebida omisión de pago de las aportaciones y/o participaciones federales que le corresponden al Municipio actor por concepto del Ramo General 28 y los fondos que de ese ramo derivan. El Ministro González Alcántara Carrancá y la Ministra Ríos Farjat votaron en contra.
Se aprobó por mayoría de seis votos de las Ministras y de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat y Laynez Potisek, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su subapartado B), consistente en modificar el auto de veinticuatro de febrero de dos mil veinte, dictado en la controversia constitucional 29/2020, para revocar el desechamiento de la demanda del acto señalado como el oficio número No. 351-A-EOS-2091-2019 de trece de diciembre de dos mil diecinueve, emitido por la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, de no existir una causa de improcedencia distinta a la falta de interés legítimo, admitir a trámite la controversia constitucional referida. La Ministra Esquivel Mossa y los Ministros Franco González Salas, Aguilar Morales, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra. El Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunció voto particular, al cual se adhirió la Ministra Esquivel Mossa para conformar uno de minoría, con la anuencia de aquél. El Ministro Franco González Salas reservó su derecho de formular voto particular.
El Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea declaró que el asunto se resolvió en los términos propuestos.
- I Antecedentes
- Por Otra Parte Del Poder Ejecutivo Local Impugnó Lo Siguiente
- Ii Trámite Del Recurso
- Ciudad De México A Veinticuatro De Febrero De Dos Mil Veinte
- Lo Anterior Se Corrobora Con El Criterio Jurisprudencial De Rubro Y Texto Siguientes
- Por Las Razones Expuestas Se
- Agravios El Municipio Recurrente En Sus Agravios Señaló En Síntesis Que
- Iii Competencia
- Iv Procedencia Del Recurso
- V Oportunidad
- Vi Legitimación
- Vii Estudio De Fondo
- B Oficio Número No Aeos De Trece De Diciembre De Dos Mil Diecinueve
- Fondo De Compensación
- Fondo Isr
- Lo Anterior Se Advierte De La Transcripción Siguiente
- Primeroes Parcialmente Fundado El Presente Recurso De Reclamación
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con Los Puntos Resolutivos Segundo Y Tercero
- Artículo El Recurso De Reclamación Procederá En Los Siguientes Casos
- Artículo Las Controversias Constitucionales Son Improcedentes
- Página Del Recurso De Reclamación Ca