REVISIÓN FISCAL 72/2009. ADMINISTRADOR LOCAL JURÍDICO DE CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, UNIDAD ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA ADUA
Fecha: 06-May-2008
Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada
"III. Declarar la nulidad de la resolución impugnada para determinados efectos, debiendo precisar con claridad la forma y términos en que la autoridad debe cumplirla, debiendo reponer el procedimiento, en su caso, desde el momento en que se cometió la violación.
"IV. Siempre que se esté en alguno de los supuestos previstos en las fracciones II y III, del artículo 51 de esta ley, el tribunal declarará la nulidad para el efecto de que se reponga el procedimiento o se emita nueva resolución; en los demás casos, cuando corresponda a la pretensión deducida, también podrá indicar los términos conforme a los cuales deberá dictar su resolución la autoridad administrativa.
"En los casos en que la sentencia implique una modificación a la cuantía de la resolución administrativa impugnada, la Sala Regional competente deberá precisar, el monto, el alcance y los términos de la misma para su cumplimiento.
"Tratándose de sanciones, cuando dicho tribunal aprecie que la sanción es excesiva porque no se motivó adecuadamente o no se dieron los hechos agravantes de la sanción, deberá reducir el importe de la sanción apreciando libremente las circunstancias que dieron lugar a la misma.
- Considerando
- Son Infundados Los Anteriores Argumentos
- Dichas Conclusiones Se Ajustan A La Transición Histórica Del Juez Autómata Al Juez Racional
- Así Las Cosas Los Artículos Y De La Ley Aduanera Disponen
- I En Importación
- B El Conocimiento De Embarque En Tráfico Marítimo O Guía En Tráfico Aéreo
- A La Factura O En Su Caso Cualquier Documento Que Exprese El Valor Comercial De Las Mercancías
- Los Diversos Numerales Y Del Reglamento De La Ley Aduanera Señalan
- Ix Omitan Trasmitir Electrónicamente La Siguiente Información
- X Omitan Dar El Aviso A Que Se Refiere El Segundo Párrafo Del Artículo O De Esta Ley
- Xvii Omitan Presentar El Aviso A Que Se Refiere La Fracción Xii Del Artículo De Esta Ley
- Primero
- Segundo
- Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada
- V Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y Además
- B Otorgar O Restituir Al Actor En El Goce De Los Derechos Afectados
- Adicionado Dof De Junio De