REVISIÓN FISCAL 72/2009. ADMINISTRADOR LOCAL JURÍDICO DE CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, UNIDAD ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA ADUA
Fecha: 06-May-2008
Primero
"En efecto, en el acta de hechos y omisiones de fecha 6 de mayo de 2008, se asentó que se incumplió con lo dispuesto en la regla 2.4.5. de las Reglas de Carácter General de Comercio Exterior para el 2007, ya que se omitió trasmitir con 24 horas de anticipación el aviso en lastre al puerto de Tampico de la embarcación buque motor ‘**********’.
"Asimismo, en la motivación de la resolución impugnada se señaló que el motivo de la multa impuesta lo era el hecho de que la demandante omitió trasmitir con 24 horas de anticipación el aviso en lastre al puerto de Tampico de la embarcación buque motor ‘**********’, por lo que incumplió con lo dispuesto en la regla 2.4.5. de las Reglas de Carácter General de Comercio Exterior para el 2007.
- Considerando
- Son Infundados Los Anteriores Argumentos
- Dichas Conclusiones Se Ajustan A La Transición Histórica Del Juez Autómata Al Juez Racional
- Así Las Cosas Los Artículos Y De La Ley Aduanera Disponen
- I En Importación
- B El Conocimiento De Embarque En Tráfico Marítimo O Guía En Tráfico Aéreo
- A La Factura O En Su Caso Cualquier Documento Que Exprese El Valor Comercial De Las Mercancías
- Los Diversos Numerales Y Del Reglamento De La Ley Aduanera Señalan
- Ix Omitan Trasmitir Electrónicamente La Siguiente Información
- X Omitan Dar El Aviso A Que Se Refiere El Segundo Párrafo Del Artículo O De Esta Ley
- Xvii Omitan Presentar El Aviso A Que Se Refiere La Fracción Xii Del Artículo De Esta Ley
- Primero
- Segundo
- Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada
- V Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y Además
- B Otorgar O Restituir Al Actor En El Goce De Los Derechos Afectados
- Adicionado Dof De Junio De