REVISIÓN FISCAL 368/2013 (EXPEDIENTE AUXILIAR 853/2013). SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRADOR LOCAL JURÍDICO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE. 4 DE OCTU
Fecha: 31-Ene-2014
Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
"Revisión fiscal 44/2004. Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 1o. de julio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Rosalba Becerril Velázquez. Secretario: Raymundo Valtierra Nieves.
"Revisión fiscal 116/2004. Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 19 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Rosalba Becerril Velázquez. Secretario: Iván Eladio Palacios Allec.
"Revisión fiscal 139/2004. Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 19 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretario: Manuel Muñoz Bastida.
"Revisión fiscal 159/2004. Gerente de Asuntos Contenciosos de la Comisión Federal de Electricidad. 27 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretario: Iván Guerrero Barón.
"Revisión fiscal 160/2004. Gerente de Asuntos Contenciosos de la Comisión Federal de Electricidad. 27 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretario: Iván Guerrero Barón."
- Considerando
- El Numeral En Comentario En Lo Que Atañe Señala
- Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- De Ahí Que Proceda Desechar El Recurso Interpuesto Por El Secretario De Hacienda Y Crédito Público
- Cuarto La Resolución Recurrida Se Apoya En Las Siguientes Consideraciones
- Quinto La Autoridad Recurrente Expresó Los Siguientes Agravios
- Al Respecto Para Esta Sala Resultan Fundados Los Argumentos De Ilegalidad Del Actor
- Se Transcribe
- Al Respecto La Superioridad Estableció
- En Consecuencia Deviene Improcedente La Revisión Fiscal Pretendida
- En Efecto En El Fallo Relativo Se Asentó Literalmente Lo Siguiente