SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 4/2011. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO. 10 DE AGOSTO DE 2011. CINCO VOTOS. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: MOISÉS MARTÍNEZ ÁBRI
Fecha: 10-Ago-2011
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO. Es procedente y fundada la solicitud de modificación de jurisprudencia a que este toca se refiere.
SEGUNDO. Se modifica la tesis de jurisprudencia 1a./J. 54/2004, emitida por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 80/2003-PS.
TERCERO. Remítase de inmediato la presente resolución a la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis para que proceda a la correcta publicación de que se trata en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en acatamiento a lo previsto en el artículo 195 de la Ley de Amparo.
Notifíquese con testimonio de esta resolución al Tribunal Colegiado solicitante de la modificación de jurisprudencia y, en su oportunidad, archívese este expediente como concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente), José Ramón Cossío Díaz, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
- Resultando Que
- Considerando
- Que Se Expresen Los Razonamientos Legales En Que Se Apoye La Pretensión De Su Modificación
- A Del Inculpado
- I El Derecho Fundamental A La Libertad Personal
- A Los Supuestos De Hecho Que Habilitan Dicha Medida Estén Previstos En La Ley Y
- A Conductas Consideradas Como Delitos Y Sancionadas Con Pena Privativa De Libertad
- Ii Efectos De La Orden De Aprehensión Y La Orden De Comparecencia
- La Tesis Que Establece Lo Anterior Dice
- Dichos Preceptos Establecen Se Transcriben
- Las Consideraciones De La Resolución Transcrita Adquieren Relevancia En Los Siguientes Puntos
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- De La Contradicción De Tesis Derivó El Criterio Jurisprudencial Siguiente
- Fojas Y Del Cuaderno De La Solicitud De Modificación De Jurisprudencia
- Siendo Ponente El Ministro José Ramón Cossío Díaz