SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 7/2012. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO. 30 DE MAYO DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS. AUSENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETAR
Fecha: 30-May-2012
Ii Trámite De La Solicitud Planteada
7. El oficio registrado con el número 476-IV/2012, por medio del cual los Magistrados integrantes del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito solicitaron la "modificación de la jurisprudencia" 1a./J. 2/2001, fue recibido el veintisiete de marzo de dos mil doce, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
8. El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante un acuerdo dictado el nueve de abril de dos mil doce, admitió y ordenó registrar el expediente con el número 7/2012, pero no bajo el rubro de modificación de jurisprudencia, sino con el de sustitución de jurisprudencia. Asimismo, ordenó turnar el asunto al Ministro José Ramón Cossío Díaz para la elaboración del proyecto de resolución respectivo. Finalmente, dio vista a la procuradora general de la República para que expusiera su parecer, en un plazo de treinta días, si así lo estimaba pertinente.
- I Antecedentes
- En Aquella Ocasión El Tribunal Colegiado Esgrimió En Síntesis Los Siguientes Razonamientos
- El Texto De La Referida Tesis De Jurisprudencia Es El Siguiente
- Ii Trámite De La Solicitud Planteada
- Iii Competencia
- El Artículo Fracción Xiii Constitucional Reformado Dice
- Reformada Dof De Junio De
- Artículo Cuarto Párrafo De La Ley De Amparo
- Xi Las Demás Que Expresamente Les Encomiende La Ley
- Iv Legitimación
- V Procedencia
- Para Apoyar Lo Expuesto Es Aplicable El Siguiente Criterio
- Los Anteriores Motivos De Inconformidad Resultan Fundados
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Ii Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- B Se Permita La Consumación O Continuación De Delitos O De Sus Efectos
- E Se Permita El Incumplimiento De Las Órdenes Militares
- Vii Decisión
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Notifíquese En Su Oportunidad Archívese Este Expediente Como Concluido
- Artículo Procede La Suspensión De Oficio
- Iii Derogada Dof De Junio De