SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 084/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 084/2000

Fecha: 29-Nov-2000

II.2

II.2       Que, la resolución que declara la legalidad o ilegalidad de la compulsa no  puede considerarse una sentencia al no reunir los requisitos establecidos por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil, siendo más bien por su naturaleza jurídica asimilable a un auto interlocutorio, no existiendo en nuestro ordenamiento jurídico disposición legal que prevea la pérdida de competencia del Juez al no haber dictado un auto interlocutorio dentro del plazo previsto por ley.