SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 084/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 084/2000

Fecha: 29-Nov-2000

III.1.

III.1.     Que el 16 de octubre de 1995, las empresas CLISA y EMALT suscribieron un contrato de prestación de servicios de barrido, limpieza, transporte y recolección de residuos sólidos para la ciudad de “El Alto".  Posteriormente CLISA interpuso demanda arbitral contra EMALT  -considerando que se incumplió el contrato de referencia- que concluyó con el Laudo Arbitral Nº 01/2000 de 19 de abril de 2000 que declara probada en parte la demanda presentada por CLISA, Resolución contra la que EMALT solicitó complementación y enmienda resuelta por el Laudo Arbitral Nº 02/2000 de 2 de mayo de 2000 dándose explicación a varios de los puntos solicitados (fs. 76-86). EMALT interpuso Recurso de Anulación el 23 de mayo de 2000 contra el Laudo Arbitral Nº 01/00 y su complementario Nº 02/00 que fue rechazado por Laudo Interlocutorio Nº 20/2000 de 10 de junio de 2000  con el fundamento de que el rechazo del Recurso de Anulación, al no estar comprendido en ninguna de las causales previstas por el art. 63 de la Ley Nº 1770, fue conforme a ley (fs. 92-94).