Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 043/2000
Fecha: 28-Jun-2000
IV.2.
IV.2. Que los Concejales recurridos no fueron posesionados por el Juez de Partido de Larecaja (Sorata), jurisdicción a la que pertenecen sino que, a raíz de que el Juez se negó a posesionarlos porque no estaban presentes los siete Concejales y porque era el asiento judicial más cercano, fueron posesionados por el Juez de Partido de Caranavi el 7 de enero de 2000, es decir, un mes antes de la fecha autorizada por Ley y que posteriormente, el 16 de febrero de 2000 los recurridos recién fueron posesionados por el Juez de Sorata.