Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 679/2000-R
Fecha: 10-Jul-2000
Partes
Partes : María Consuelo Mercado de Roca por sí y en representación del Comité de Defensa de los Socios y Usuarios de los Servicios Públicos de Santa Cruz, Ana María Cochamanides, Jorge Da Silva Ruiz, Bernardo Añez Candia, Felipe Cadario Rojas, Rolando Roda Busch y Ricardo Catoira Marín contra Rodolfo Weise Vélez, Nicanor Jordán Castedo, Bergman Balcázar Jiménez, Mario Ribera Parada y Olvis Vaca Diez Vaca Diez, miembros de la Junta Electoral de Cotas Ltda.
- Partes
- CONSIDERANDO:
- dejó sin efecto y rechazó la lista de nuestros candidatos en base a una unilateral depuración
- agotar las instancias correspondientes
- haciendo notar que los recurrentes no objetaron ni impugnaron a la indicada persona
- improcedente
- Asamblea ordinaria de Delegados el 29 de abril de 1998;
- Resolución No. O3/2000 de 19 de mayo de 2000
- 19 de mayo de 2000,
- no utilizaron los recursos legales que les confiere la Ley para hacer valer sus peticiones
- POR TANTO: