SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 053/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 053/2000

Fecha: 01-Ago-2000

POR TANTO:

POR TANTO:  El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-6ª  de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO  el Recurso Directo de Nulidad de fs. 139 a 141, planteado por Alejandro Colanzi Zeballos contra Iván Guzmán de Rojas, Presidente de la Corte Nacional Electoral, con costas, y  una multa que se califica en la suma de Bs. 500.- que deberá ser depositada por el recurrente a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal  notificación con el presente fallo.

POR TANTO:  El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-6ª  de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO  el Recurso Directo de Nulidad de fs. 139 a 141, planteado por Alejandro Colanzi Zeballos contra Iván Guzmán de Rojas, Presidente de la Corte Nacional Electoral, con costas, y  una multa que se califica en la suma de Bs. 500.- que deberá ser depositada por el recurrente a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal  notificación con el presente fallo.