SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 053/2000
Fecha: 01-Ago-2000
V.4
V.4 Que al haberse apersonado el recurrente ante la Corte Nacional Electoral dos años y ocho meses después de la realización de las elecciones generales de 1 de junio de 1997, solicitando la extensión de credencial como Diputado titular, reconoció la competencia de dicha Corte, que no puede ahora desconocer para interponer el Recurso que se analiza.
V.4 Que al haberse apersonado el recurrente ante la Corte Nacional Electoral dos años y ocho meses después de la realización de las elecciones generales de 1 de junio de 1997, solicitando la extensión de credencial como Diputado titular, reconoció la competencia de dicha Corte, que no puede ahora desconocer para interponer el Recurso que se analiza.