SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1175/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1175/01-R

Fecha: 13-Nov-2001

1.

1.  En su demanda presentada el 1 de octubre de 2001 (fs.  1), el recurrente manifiesta que su representada se encuentra privada de su libertad desde el 28 de agosto de 2000, en virtud a una decisión del Juez Cautelar, habiendo solicitado, “en días pasados”, al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, la cesación de su detención preventiva en apoyo del art. 239- 2) de la Ley N° 1970, pues está siendo acusada por el supuesto delito de corrupción de menores, que tiene una pena mínima de un año y máxima de cinco.

     Relata que, en suplencia legal, la Jueza recurrida en la audiencia de consideración de la  indicada solicitud, y pese al informe prestado por el Actuario del Juzgado en el que se evidenció que la detención sobrepasa el mínimo de la pena, en forma precipitada y equivocada  adujo que “el art. 239 prevé tres requisitos y no están cumplidos”, por lo que rechazó el pedido.