Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1175/01-R
Fecha: 13-Nov-2001
28 de agosto de 2000
3) El Auto Inicial de la Instrucción fue emitido el 3 de noviembre de 2000 (fs. 10), disponiendo la apertura de Sumario Penal contra María Bella Velasco Vda. de Reyes “por estar los hechos denunciados incursos en las sanciones de los arts. 318, 319 y 321 del Código Penal modificados por los arts. 9, 10 y 12 de la Ley N° 2033”.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 28 de agosto de 2000
- 1 de octubre de 2001
- CONSIDERANDO:
- la detención preventiva cesará cuando su duración exceda el mínimo legal de la pena establecida para el delito que se juzga.
- y cuando la víctima fuere menor de 14 años, señala una pena de cinco a diez años.
- la detención de la imputada no ha alcanzado el término requerido por el art. 239- 2) de la Ley N° 1970 -cinco años en este caso- haciendo improcedente la cesación de su detención preventiva.
- POR TANTO: