Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1203/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
derecho a la defensa
El art. 16 de la Constitución Política del Estado consagra el derecho a la defensa en juicio. El referido derecho implica que toda persona acusada o demandada, en cualquier materia, tiene derecho a defenderse en forma irrestricta. Esta garantía tiene la finalidad de que una persona procesada, encare el proceso en igualdad de condiciones con quien la procesa y que en el proceso se respeten sus derechos y garantías constitucionales.