Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 038/2001-R
Fecha: 05-Mar-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución de fs. 86 a 87, pronunciada en 29 de noviembre de 2000 por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Amparo Constitucional interpuesto por Julio Edgar Romero Arancibia contra José Luis Pérez Ordóñez, Director General de Pensiones; los antecedentes y:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Improcedente
- Resolución N° 004700 de 24 de marzo de 1999
- 26 de marzo de 1999
- 26 de abril de 1999
- para el procesamiento del hijo del recurrente por la comisión del delito de uso indebido de influencias;
- notificado con la Resolución N° 004700 recién en 19 de octubre de 1999,
- un derecho adquirido e irrenunciable
- no tuviera ningún derecho a percibir la Renta de Vejez sino
- POR TANTO: