DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL N° 002/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL N° 002/01

Fecha: 08-May-2001

I.2

I.2.Ante la consulta realizada por la Comisión de Hacienda, Política Económica y Crediticia de la Cámara de Diputados, sobre el Proyecto de Ley Nª 179/2000-2001 que modifica el párrafo 3º del art. 57 de la Ley Nª 1732, con el fin de elevar informe al Pleno Camaral, el Ministerio de Hacienda respondió que corresponde la aplicación del sistema proporcional, ya que la modificación relacionada al ajuste de las rentas no implica un mayor incremento en el Presupuesto General de la Nación, en vista de que sólo se trataría de una distribución equitativa. Por su parte, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, después del análisis correspondiente, consideró que la distribución directa a las rentas como consecuencia del mantenimiento de valor profundiza la brecha ya existente entre las rentas altas y las rentas bajas; sin embargo, también consideró que la aprobación del Proyecto de Ley podría afectar los derechos de algunos rentistas tomando en cuenta que las rentas anuales de todos los afiliados al Sistema de Reparto, según la Ley de Pensiones, deben ser pagadas con mantenimiento de valor.