SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 035/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 035/01

Fecha: 29-May-2001

IV.3

IV.3     Que, con el mismo derecho reconocido por el referido precepto constitucional  el 28 de octubre de 1994, se promulgó la Ley Nº 1600 (Ley del Sistema de Regulación Sectorial) cuya creación y objetivo es el de “regular, controlar y supervisar aquellas actividades de los sectores de telecomunicaciones, electricidad, hidrocarburos, transportes, aguas y las de otros sectores...”, para cuyo efecto en su artículo 2º establece que “... el Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), como parte del Poder Ejecutivo, bajo tuición del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, estará regido por la Superintendencia General y las Superintendencias Sectoriales, de acuerdo a lo establecido en la presente ley y otras normas legales sectoriales....”.

Que a fin de reparar posibles perjuicios por la concesión o licencia el artículo 11 de la misma ley, prevé “Cuando las personas naturales o jurídicas o los órganos competentes del Estado demuestren razonablemente que han sido perjudicados en sus intereses legítimos o en sus derechos, por la otorgación de una concesión o licencia, podrán impugnar la resolución administrativa...”.