SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 567/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 567/01-R

Fecha: 11-Jun-2001

5)

5)   El Juez de la causa, por decreto de 21 de abril (fs. 11), dispuso la reposición del expediente, debiendo las partes presentar las copias que tengan en su poder en el plazo de 5 días; asimismo, ordenó que el Actuario agregue las resoluciones “que figuren en el libro del Juzgado”, y denuncie el hecho al Fiscal Adscrito a la Policía Judicial para su respectiva investigación. No existe constancia en el expediente remitido a este Tribunal sobre las notificaciones  a las partes con esta determinación.