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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 627/01R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 627/01R

    Fecha: 25-Jun-2001

    4)

    4)   Frente a la emisión de las Resoluciones antedichas, la Caja Petrolera de Salud dirigió la nota PD-001/2001  de 9 de enero de 2001 (fs. 56) al  Ministro de Salud y Previsión Social, en la que solicita “instruir a la Dirección Ejecutiva del INASES disponer la nulidad” de las Resoluciones individualizadas en el numeral anterior.

    • VISTOS:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • 2.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • CONSIDERANDO:
    • ,  el Amparo Constitucional no puede ingresar a examinar si  el Directorio del Instituto recurrido actuó con competencia al emitir tales decisiones, precisamente por existir
    • Sentencia Constitucional No.  034/01 de 29 de mayo de 2001,
    • POR TANTO:
    • PRESIDENTE                                                                                                                           MAGISTRADO

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