SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 627/01R
Fecha: 25-Jun-2001
Sentencia Constitucional No. 034/01 de 29 de mayo de 2001,
No obstante lo expresado, es menester anotar que este Tribunal ha resuelto, mediante Sentencia Constitucional No. 034/01 de 29 de mayo de 2001, los Recursos Directos de Nulidad interpuestos por Helga Salinas Campana, Superintendente a.i. de Pensiones, Valores y Seguros, Jaime Aliaga Machicao, Superintendente de Transportes y Jorge Ríos Siles, Gerente General de “Nacional Financiera Boliviana” S.A.M. (NAFIBO SAM) contra la Resolución Ministerial No. 003 de 11 de enero de 2001 emitida por el Ministerio de Salud y Previsión Social, que dejó en suspenso los efectos de las Resoluciones Administrativas dictadas por el INASES sobre aspectos relacionados a desafiliación, cuestionados por las Cajas de Salud Petrolera y del Servicio Nacional de Caminos -entre ellas las identificadas con los números 079/2000, 081/2000, 084/2000 y 115/2000, de 20 de diciembre de 2000- habiendo sido declarados fundados y, en consecuencia, nula la Resolución impugnada, al evidenciarse que el Ministro de Salud actuó sin competencia al dictarla, usurpando las atribuciones que los Decretos Supremos Nos. 24540 y 25798 le confieren expresamente al INASES.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- 2.
- a)
- IMPROCEDENTE
- 3)
- 4)
- 5)
- CONSIDERANDO:
- , el Amparo Constitucional no puede ingresar a examinar si el Directorio del Instituto recurrido actuó con competencia al emitir tales decisiones, precisamente por existir
- Sentencia Constitucional No. 034/01 de 29 de mayo de 2001,
- POR TANTO:
- PRESIDENTE MAGISTRADO