Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 057/01
Fecha: 24-Jul-2001
CONSIDERANDO II
Que por Auto Constitucional Nº 086/2001-CA de 28 de marzo de 2001 saliente de fs. 9 a 10, se admitió el Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad, citándose mediante provisión citatoria al Presidente Constitucional de la República, Gral.(r) Hugo Bánzer Suárez conforme consta de fs. 12 a 20 de obrados, quien a través de su apoderado respondió mediante memorial de 11 de mayo de 2001 cursante de fs. 23 a 25, expresando que: