SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 057/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 057/01

Fecha: 24-Jul-2001

II.3.

II.3. No es evidente la violación del art. 59-4) y 5) de la Constitución Política del Estado ya que por una parte, esa disposición se refiere a las atribuciones del Poder Legislativo, y por otra, los incs. 4) y 5) no tienen relación alguna con la supuesta inconstitucionalidad del D.S. 26096, porque el mismo se expidió con la atribución contenida en el art. 96-1 de la Carta Magna, sin que tampoco se haya violentado la primacía de la Constitución a que se refiere el art. 228 de la Ley de Leyes.